lunes, 27 de septiembre de 2010

MERCOSUR

ESTADOS PARTES

ESTADOS ASOCIADOS


Los cuatro países que conforman el MERCOSUR son La República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay suscribieron el 26 de marzo de 1991 el Tratado de Asunción con el objeto de crear el Mercado Común del Sur, MERCOSUR.
Este tratado confiera una libre circulación de bienes, servicios y otros factores productivos entre los países , a través , entre ellos , de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercadería.
Así como el establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común con relación a terceros.
También se estableció la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los estados partes, de comercio exterior , agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria y de capitales , de servicio , aduanera , a fin de asegurar las condiciones adecuadas de competencia entre estados.
Los cuatro Estados Partes que conforman el MERCOSUR comparten una comunión de valores que encuentra expresión en sus sociedades democráticas, pluralistas, defensoras de las libertades fundamentales, de los derechos humanos, de la protección del medio ambiente y del desarrollo sustentable, así como su compromiso con la consolidación de la democracia, la seguridad jurídica, el combate a la pobreza y el desarrollo económico y social con equidad.




Con esa base fundamental de coincidencias, los socios buscaron la ampliación de las dimensiones de los respectivos mercados nacionales, a través de la integración, lo que constituye una condición fundamental para acelerar sus procesos de desarrollo económico con justicia social.

En la Cumbre de Presidentes de Ouro Preto, de diciembre de 1994, se aprobó un Protocolo Adicional al Tratado de Asunción - el Protocolo de Ouro Preto - por el que se establece la estructura institucional del MERCOSUR y se lo dota de personalidad jurídica internacional. En Ouro Preto se puso fin al período de transición y se adoptaron los instrumentos fundamentales de política comercial común que caracterizan a la Unión Aduanera.

El MERCOSUR es un elemento de estabilidad en la región, pues el entramado de intereses y relaciones que genera profundiza los vínculos tanto económicos como políticos y neutraliza las tendencias hacia la fragmentación. Los responsables políticos, las burocracias estatales, los trabajadores y los hombres de empresa tienen en el MERCOSUR un ámbito de discusión, de múltiples y complejas facetas, donde se pueden abordar y resolver asuntos de interés común.


Posteriormente, en la Reunión del Consejo del Mercado Común de julio de 1998, los Presidentes de los Estados Partes del MERCOSUR y de las Repúblicas de Bolivia y Chile suscribieron el "Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático", por medio del cual los seis países reconocen que la vigencia de las instituciones democráticas es condición indispensable para la existencia y desarrollo de los procesos de integración, y que toda alteración del orden democrático constituye un obstáculo inaceptable para la continuidad del proceso de integración regional.

Asimismo, en dicha ocasión se suscribió la "Declaración Política del MERCOSUR, Bolivia y Chile como zona de Paz" a través de la cual los seis países manifiestan que la paz constituye un elemento esencial para la continuidad y el desarrollo del proceso de integración regional. En ese sentido, los seis gobiernos acuerdan, entre otros puntos, fortalecer los mecanismos de consulta y cooperación sobre temas de seguridad y defensa existentes entre sus países, promover su progresiva articulación y realizar esfuerzos conjuntos en los foros pertinentes para avanzar en la consolidación de acuerdos internacionales orientados a lograr el objetivo del desarme nuclear y la no proliferación en todos sus aspectos.

En la actualidad los Estados Asociados al MERCOSUR son Bolivia, Chile, Perú, Ecuador y Colombia.
Un aspecto de particular relevancia en los últimos años es el relacionado con la solicitud de ingreso de la República Bolivariana de Venezuela como miembro pleno al MERCOSUR. Dicha solicitud se enmarca en lo establecido por el artículo 20 del Tratado de Asunción, mediante el cual se admite la adhesión de los demás países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) al bloque. En ese sentido, los Estados Partes del MERCOSUR han reafirmado la importancia de la adhesión de la República Bolivariana de Venezuela al MERCOSUR para la consolidación del proceso de integración de América del Sur en el contexto de la integración latinoamericana.
En el año 2005 se aprobó la Decisión CMC Nº 28/05, que reglamenta las condiciones necesarias para la adhesión de un nuevo Estado Parte al MERCOSUR, a la luz de los objetivos y principios establecidos en el Tratado de Asunción.
En dicho marco, el 4 de julio de 2006 se aprobó el Protocolo de Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela al MERCOSUR, mediante el cual se establecen las condiciones y los plazos previstos para la plena incorporación de Venezuela al bloque. En conformidad con lo establecido en el Protocolo, la República Bolivariana de Venezuela desarrollará su integración en el MERCOSUR de acuerdo con los compromisos derivados del mismo, bajo los principios de gradualidad, flexibilidad y equilibrio, reconocimiento de las asimetrías, y tratamiento diferencial, así como los principios de seguridad alimentaria, medios de subsistencia y desarrollo rural integral.
Por otra parte cabe señalar que, mediante la Decisión CMC Nº 05/07, se creó el Observatorio de la Democracia del MERCOSUR (ODM), teniendo en cuenta que la plena vigencia de las instituciones democráticas es condición esencial para el desarrollo del proceso de integración del MERCOSUR.
Entre los objetivos generales del ODM se mencionan: contribuir para el fortalecimiento de los objetivos del Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile; realizar el seguimiento de los procesos electorales en los Estados Partes del MERCOSUR; coordinar las actividades del Cuerpo de Observadores Electorales del MERCOSUR que se realicen a pedido del Estado Parte en el que tenga lugar el proceso electoral y elaborar la normativa para el desempeño de sus funciones; y realizar actividades y estudios vinculados a la consolidación de la democracia en la región.

La conformación y consolidación del MERCOSUR como Unión Aduanera entre los cuatro países implica la administración subregional de las políticas comerciales, dejando atrás el recurso de adopción de medidas unilaterales de esta naturaleza, asegurando conductas previsibles y no perjudiciales para los socios.

En ese sentido, la entrada en vigencia de un Arancel Externo Común (AEC) implica que las eventuales modificaciones de los niveles de protección de los sectores productivos deban ser consensuadas cuadripartitamente, brindando un marco de mayor previsibilidad y certidumbre para la toma de decisiones de los agentes económicos.

La nueva política comercial común tiende a fortalecer y reafirmar los procesos de apertura e inserción en los mercados mundiales. El MERCOSUR fue concebido como un instrumento para la más adecuada inserción de nuestros países al mundo exterior, valiéndose del AEC como un instrumento para la mejora de la competitividad.

Este nuevo escenario genera mayor previsibilidad y certidumbre en la estructura arancelaria, fomentando el comercio interregional, así como nuevas inversiones de empresas regionales y extranjeras, que tratan de aprovechar las ventajas y los atractivos del mercado ampliado.



El MERCOSUR ha procurado que el proceso de integración se lleve a cabo sobre bases realistas y flexibles, de modo que el proceso vaya adaptando los instrumentos a las realidades de los cuatro países que lo conforman.
Así, en el año 2000, los Estados Partes del MERCOSUR decidieron encarar una nueva etapa en el proceso de integración regional, que tuvo como objetivo fundamental consolidar el camino hacia la Unión Aduanera, tanto a nivel subregional como externo.


En este marco, los Gobiernos de los Estados Partes del MERCOSUR reconocen el rol central que tienen la convergencia y la coordinación macroeconómica para profundizar el proceso de integración.
A partir de entonces, los Estados Partes decidieron priorizar el tratamiento de los siguientes temas:

1) agilización de los trámites en frontera.
2) convergencia del arancel externo común y eliminación del doble cobro del mismo.
3) adopción de criterios para la distribución de la renta aduanera de los Estados Partes del MERCOSUR.
4) fortalecimiento institucional.
5) relacionamiento externo del bloque con otros bloques o países.

El Consejo del Mercado Común aprobó en el año 2007 el “Sistema de Pagos en Monedas Locales” para el comercio realizado entre los Estados Partes del MERCOSUR, con el fin de reducir los costos financieros en las transacciones comerciales y contribuir al incremento del intercambio de bienes entre los países miembros. Dicho sistema fue ampliado en el año 2009 para transacciones de cualquier naturaleza realizadas entre los Estados Partes del MERCOSUR, mediante la aprobación de la Decisión Nº 09/09.
Con el fin de facilitar la aplicación del Régimen de Origen MERCOSUR tanto para las autoridades competentes como para los operadores comerciales, el Consejo Mercado Común aprobó la Decisión Nº 01/09, mediante la cual se unificaron todas las normas referidas al Régimen de Origen MERCOSUR.
En el segundo semestre de 2009 la Comisión de Comercio del MERCOSUR aprobó la Directiva Nº 30/09 que prevé la sustitución progresiva de los certificados de origen en papel por certificados de origen digitales, lo cual contribuirá a facilitar el comercio entre los Estados Partes.
La creación del FOCEM marca un hito en el proceso de integración, constituyendo una herramienta con una vigencia mínima de diez años, que procura dar respuestas más estructurales y de largo plazo en el abordaje de las asimetrías. El FOCEM se integra con aportes anuales de los Estados Partes que ascienden a los cien millones de dólares. Los aportes de los Estados Partes han sido establecidos de acuerdo con los siguientes porcentajes: Argentina 27%, Brasil 70%, Paraguay 1% y Uruguay 2%.
La distribución de los recursos se realiza de modo inversamente proporcional al monto de los aportes realizados: Paraguay 48%, Uruguay 32%, Argentina 10% y Brasil 10%.
Teniendo en cuenta los objetivos del FOCEM establecidos en la Decisión CMC Nº 18/05, se prevén los siguientes programas: 1) Programa de Convergencia Estructural, 2) Programa de Desarrollo de la Competitividad, 3) Programa de Cohesión Social y 4) Programa Fortalecimiento de la Estructura Institucional y del Proceso de Integración.
Otro de los temas de central importancia en la agenda interna del MERCOSUR de los últimos años es el relacionado con la integración productiva y el desarrollo de la competitividad a escala regional. A partir del año 2006 surgió la iniciativa de "avanzar hacia la integración productiva regional con desarrollo social y con énfasis en la promoción de emprendimientos productivos regionales que incluyan redes integradas, especialmente por Pymes y Cooperativas".
El Programa contiene siete líneas de acción a nivel horizontal: la cooperación entre los organismos vinculados al desarrollo empresarial y productivo, la complementación en investigación, desarrollo y transferencia de tecnología, la formación de recursos humanos, la articulación con otras instancias del MERCOSUR, la generación de información y su procesamiento, la articulación de medidas de facilitación del comercio, y el financiamiento, entre otras acciones que se decidan. A nivel sectorial, el Programa prevé el desarrollo de los foros de competitividad y de iniciativas de integración.
El compromiso del MERCOSUR con la agricultura familiar, mediante el fortalecimiento de las políticas públicas y la facilitación de la comercialización de productos originarios del sector, se ha visto recientemente plasmado con la creación del Fondo de Agricultura Familiar del MERCOSUR (FAF MERCOSUR), mediante la Decisión CMC Nº 45/08. El FAF MERCOSUR tiene como finalidad facilitar programas y proyectos de estímulo a la agricultura familiar y permitir una amplia participación de los actores sociales en actividades vinculadas al tema. Dicho Fondo fue recientemente reglamentado mediante la aprobación de la Decisión CMC Nº 06/09.
El Programa Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación productiva del MERCOSUR es un plan de desarrollo que abarca el período 2008-2012 y que pretende reorientar la agenda en ciencia y tecnología para agregar valor a la producción regional, contribuyendo así a superar las asimetrías existentes entre los Estados Partes. Se han definido siete temas prioritarios para dicho período: biotecnología, energía, nanotecnología, recursos hídricos, sociedad de la información, popularización de la ciencia y la tecnología, y desarrollo tecnológico e innovación.
La cooperación energética a nivel regional ha sido otro de los temas a los que los Estados Partes han prestado particular atención en los últimos años, teniendo en cuenta los intereses comunes con relación al desarrollo de fuentes energéticas seguras, renovables y ambientalmente sostenibles. En diciembre de 2006, los Estados Partes del MERCOSUR y Venezuela firmaron un "Memorando de Entendimiento para establecer un Grupo de Trabajo Especial sobre Biocombustibles", que deberá encargarse de la elaboración de un programa de cooperación en el área de los biocombustibles que considere la importancia estratégica de la cooperación energética entre los miembros del bloque.
A partir de la aprobación de dicho Protocolo, se creó el Tribunal Permanente de Revisión con el objeto de "garantizar la correcta interpretación, aplicación y cumplimiento de los instrumentos fundamentales del proceso de integración y del conjunto normativo del MERCOSUR de forma consistente y sistemática". El Tribunal Permanente de Revisión tiene su sede permanente en la ciudad de Asunción, Paraguay.
La constitución del TPR marca un importante avance en el sistema de solución de controversias previsto en el Protocolo de Brasilia, sistema que carecía de una instancia de revisión de sus laudos, como la que hoy conforma el TPR. Otro aspecto innovador del Protocolo de Olivos es el relativo al mecanismo de opiniones consultivas, instituido con la finalidad de contribuir a la interpretación y aplicación correcta y uniformes de las normas del MERCOSUR, aún cuando carezcan de efecto vinculante y obligatorio. Podrán solicitar opiniones consultivas al TPR todos los Estados Partes del MERCOSUR actuando conjuntamente, los órganos con capacidad decisoria del MERCOSUR, los Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Partes y el Parlamento del MERCOSUR.
En esta nueva etapa de avances institucionales, el Consejo del Mercado Común definió los siguientes lineamientos para la reforma institucional del bloque (Decisión CMC Nº 56/07):
• Reestructuración de los órganos decisorios del MERCOSUR y de sus foros subordinados, lo que incluye sus competencias.
• Perfeccionamiento del sistema de solución de controversias del MERCOSUR y fortalecimiento de sus órganos institucionales.
• Perfeccionamiento del sistema de incorporación, vigencia y aplicación de la normativa del MERCOSUR.
• Establecimiento de un presupuesto MERCOSUR que contemple los requerimientos presupuestarios de la Secretaría del MERCOSUR y la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión.

La dimensión social del MERCOSUR se ha visto así fortalecida por la creación del Instituto Social del MERCOSUR (ISM), mediante la Decisión CMC Nº 03/07, tendiente a fortalecer el proceso de integración y promover el desarrollo humano integral.
Entre los objetivos generales del ISM( Institución Social del Mercosur) , se enumeran los siguientes: contribuir a la consolidación de la dimensión social como un eje fundamental en el desarrollo del MERCOSUR, aportar a la superación de las asimetrías, colaborar técnicamente en el diseño de políticas sociales regionales, sistematizar y actualizar indicadores sociales regionales, recopilar e intercambiar buenas prácticas en materia social, promover mecanismos de cooperación horizontal e identificar fuentes de financiamiento. El ISM tiene su sede permanente en la ciudad de Asunción y, a partir del año 2008, cuenta con su propia estructura y presupuesto para su funcionamiento.
El compromiso del MERCOSUR con la situación de los Derechos Humanos en la región, ha sido vislumbrado desde una perspectiva institucional y en la concreción de políticas públicas que permitan una más eficaz y efectiva implementación. En tal sentido, el Consejo del Mercado Común aprobó en el año 2009 la creación del Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH), con el objetivo de contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho en los Estados Partes, mediante el diseño y seguimiento de políticas públicas en Derecho Humanos, y contribuir a la consolidación de los Derechos Humanos como eje fundamental de la identidad y desarrollo del MERCOSUR.

En la actualidad podemos ver algunas de las decisiones tomadas por el MERCOSUR, como lo fue el establecimiento de un código aduanero MERCOSUR, Así como la suscripción del Acuerdo de Libre Comercio entre MERCOSUR y La República árabe de Egipto o como la eliminación del doble cobro del AEC (Arancel Externo Común) y distribución de la renta aduanera.
Así mismo el MERCOSUR también realiza una seria de directivas o propuestas como lo pueden ser las acciones puntuales en el ámbito arancelario por razones de abastecimiento.
Y también realiza una serie de recomendaciones para los estados partes como políticas de financiamiento para la agricultura y la participación de mujeres en la economía.

BIBLIOGRAFIA
http://www.mercosur.org.uy/home.jsp?contentid=7&seccion=1

ANDRES FELIPE VARGAS

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